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INFO LABORAL
VACACIONES
• El período de goce de vacaciones es desde el día 1º de Octubre al 30 de Abril.
• Deben ser comunicados con una anticipación de 45 a 60 días y ser abonadas al inicio de las mismas.
• Las vacaciones deben coincidir con la temporada de verano cada 3 años.
• Si el trabajador padece de una enfermedad durante las vacaciones, puede ampliarlas por la misma cantidad de días que estuvo enfermo.
Consultanos por nuestro asesoramiento gratuito sobre tus derechos laborales.
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